MEZCLAS PELIGROSAS: NOVEDADES REGLAMENTARIAS

MEZCLAS PELIGROSAS: CONOCES LAS NUEVAS PRESCRIPCIONES PROMULGADAS POR EL REGLAMENTO (UE) 2017/542?
IDENTIFICACION UNIVOCA Y NOTIFICACION EUROPEA CENTRALIZADA DE LAS MEZCLAS PELIGROSAS DESTINADAS A LOS CONSUMADORES, AL USO PROFESIONAL E INDUSTRIAL
Con el fin de facilitar la trasmiciòn de las informaciones y la identificaciòn de las mezclas peligrosas para los Centros Antivenenos, la Comisiòn Europea ha promulgado el Reglamento (UE) 2017/542 que cambia el Reglamento (UE) 1272/2008 (CPL) con la adiciòn del Alegado VIII.
Con este cambio vienen introducidas nuevas prescripciones que los importadores y los utilizzadores siguientes tienen que adoptar antes de la distribuciòn en el mercado, entre los mas importantes tenemos:
PORTAL EUROPEO PARA LA NOTIFICACIòN A LOS CENTROS ANTIVENENOS (PCN PORTAL):
Las notificaciones tendran que ser efectuadas a travès de un portal puesto a disposiciòn por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Quìmicas (ECHA), que conterrà las informaciones relativas a las mezclas clasificadas como peligrosas en razòn de sus efectos en la salud o de sus efectos fisicos.
Respecto a lo necesario para las notificaciones nacionales es necesario inserir tambièn la composiciòn completa de la mezcla y las informaciones toxicologicas evidenziadas en la Secciòn 11 de la Tarjeta de Seguridad.
IDENTIFICADOR UNICO DE FORMULA (UFI)
Los notificantes tendran que informar por cada mezcla peligrosa tambièn un còdigo alfanumerico de 16 caracteres que serà puesto en la etiqueta con el fin de ayudar los Centros Antivenenos a identificar los productos en manera rapida e univoca.
El còdigo viene generado por el generador de UFI puesto a disposiciòn en la pàgina de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Quìmicas (ECHA).
Las solicitudes del Reglamento (UE) 2017/542 se aplican a los lotes de mezclas peligrosas puestas en el mercado a partir de:
1 Enero 2020 para las mezclas peligrosas destinadas a los consumadores;
1 Enero 2021 para las mezclas peligrosas destinadas al uso profesional;
1 Enero 2024 para las mezclas peligrosas destinadas al uso industrial.
Para las mezclas que ya han sido notificadas a los relativos orgànos designados en base al Articulo 45 del Reglamento CPL y que ya son disponibles en el mercado, el nuevo Reglamento consiente a las empresas de adaptarse antes del 2025.
La situaciòn està en cambiamento. No todos los estados miembros han declarado la intenciòn de conectarse al nuevo portal y recientemente el CARACAL (Competent Authorities for REACH and CPL) ha aprobado en manera unanime los cambiamentos propuestos por la Comisiòn Europea entre los cuales el aplazamiento de la fecha de caducidad para las mezclas destinadas a los consumadores desde el 1 Enero 2020 al 1 Enero 2021.
Los mantendremos informados por cada nueva comunicaciòn uficial de parte de las Autoridades.
Departamento de Asuntos Regulatorios Sustancias y Mezclas Peligrosas Bio Basic Europe
Dr.a Silvia Busoli Badiale (Responsable Departamento) doc@biobasiceurope.it
Dr. Alessandro Merisio (Departamento Sustancias y Mezclas Peligrosas) labdoc@biobasiceurope.it