REGLAMENTO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS MDR UE 2017/745

REGLAMENTO DE DISPOSITIVOS MÉDICOS (UE) 2017/745
El Departamento de Asuntos Regulatorios de Bio Basic Europe S.r.l. especializada en dispositivos médicos informa a continuación sobre las novedades y cumplimientos del Reglamento UE MDR 2017/745.
NOVEDADES DEL REGLAMENTO
- La Documentación Técnica debe estar redactada según MDR UE 2017/745.
- El Fabricante / Agente debe tener un Responsable del Cumplimiento de la Normativa (artículo 15 MDR UE 2017/745).
- Base de datos EUDAMED, estructurada en 6 módulos. Está activo solo el primer formulario relativo al registro de operadores económicos. Actualmente, dicho registro es voluntario. Será obligatorio transcurridos 6 meses desde la fecha de publicación del aviso de plena funcionalidad de EUDAMED (estimado en mayo de 2022) en el Diario Oficial de la Unión Europea.
- Trazabilidad de DM con la creación del sistema UDI. El código UDI permite la identificación inequívoca de un dispositivo médico específico en el mercado. Las fechas y plazos correspondientes se indican a continuación.
OBLIGACIÓN DE ASIGNACIÓN UDI: se aplica a partir de la fecha de aplicación de las dos nuevas regulaciones, es decir, el 26 de mayo de 2021 para dispositivos médicos y el 26 de mayo de 2022 para dispositivos médicos de diagnóstico in vitro.
OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DATOS UDI EN LA BASE DE DATOS EUDAMED: esta obligación se aplica a los 24 meses de la plena funcionalidad de EUDAMED (aplazamiento de Eudamed).
OBLIGACIÓN DE COLOCAR EL SOPORTE UDI: según plazos específicos, que se indican a continuación.
Colocación de medios UDI en etiquetas de dispositivos (artículo 123 (3) (f) de MDR, artículo 27 (4)):
26 de mayo de 2021 - dispositivos implantables y de clase III
26 de mayo de 2023 - dispositivos de clase IIa y clase IIb
26 de mayo de 2025 - dispositivos de clase I
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